Abogados de custodia compartida y guarda y custodia en Madrid

La guarda y custodia determina con quién conviven los hijos en el día a día tras una separación o divorcio. Es, casi siempre, la cuestión que más preocupa a los padres. En Lepek Abogados defendemos su relación con sus hijos, siempre desde el criterio que guía a los tribunales: el interés superior del menor.

Custodia compartida y custodia exclusiva

  • Custodia compartida: ambos progenitores conviven con los hijos por periodos alternos (semanas, quincenas u otros repartos). Los tribunales la consideran una opción normal y deseable cuando favorece a los menores y los padres pueden cooperar.
  • Custodia exclusiva: los hijos viven de forma habitual con uno de los progenitores y el otro disfruta de un régimen de visitas, comunicaciones y estancias.

No debe confundirse la custodia con la patria potestad, que normalmente siguen ejerciendo ambos padres aunque la custodia sea de uno solo.

Qué valora el juez

  • La relación de los hijos con cada progenitor y la implicación de cada uno en su cuidado.
  • La disponibilidad de horarios y la cercanía de los domicilios y del colegio.
  • La edad, necesidades y opinión de los menores, especialmente si tienen suficiente madurez.
  • La capacidad de los padres para comunicarse y cooperar.
  • La existencia de cualquier situación de riesgo o violencia.

Preparar bien la prueba —documentación escolar y médica, organización familiar, informes— es determinante. Le ayudamos a construir un plan de parentalidad realista y a presentarlo con solidez.

Casos que atendemos

  • Solicitud de custodia compartida en divorcios y rupturas de parejas no casadas.
  • Defensa frente a una petición de custodia exclusiva.
  • Cambio de custodia cuando las circunstancias han cambiado (modificación de medidas).
  • Régimen de visitas, vacaciones y festivos (vea nuestra guía de custodia en vacaciones y Navidad).
  • Traslados de domicilio y cambios de colegio.
  • Derecho de visitas de abuelos y abuelas.

Preguntas frecuentes

¿Se paga pensión de alimentos con custodia compartida?

Puede haberla. La custodia compartida no elimina automáticamente la pensión: si existe una diferencia importante de ingresos entre los progenitores, el juez puede fijar una contribución para equilibrar los gastos de los hijos. Más información en nuestra página de pensión de alimentos.

¿Puedo pedir la custodia compartida si no estábamos casados?

Sí. Las medidas sobre los hijos son las mismas para parejas casadas y no casadas; lo que cambia es el tipo de procedimiento.

¿A partir de qué edad escucha el juez a los hijos?

Los menores con suficiente madurez tienen derecho a ser oídos. Su opinión se valora, pero no es vinculante: el juez decide en función de su interés.

¿Qué pasa si la madre o el padre no trabaja?

No trabajar no impide por sí solo obtener la custodia ni la custodia compartida. Se valora el conjunto de circunstancias y, sobre todo, la dedicación a los hijos.

¿Hablamos de su caso?

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