Las vacaciones y las fechas señaladas son el momento en que más conflictos surgen entre padres separados. Un reparto claro, pactado con antelación, evita discusiones y, sobre todo, protege a los hijos. Estas son las fórmulas más habituales y lo que puede hacer si no hay acuerdo.
Las vacaciones suspenden el régimen ordinario
Durante las vacaciones escolares se deja en suspenso el reparto habitual (semanas alternas, fines de semana alternos…) y se aplica el reparto específico de vacaciones que fije el convenio o la sentencia. Terminadas las vacaciones, se retoma el régimen ordinario.
Cómo se suele repartir la Navidad
- Por mitades: un progenitor disfruta del primer periodo (normalmente desde el fin de las clases hasta el 30 o 31 de diciembre) y el otro del segundo (hasta el día anterior al inicio de las clases).
- Alternancia anual: los años pares elige uno y los impares el otro, de modo que ambos disfrutan de Nochebuena y Reyes en años alternos.
- Fechas concretas: algunas familias prefieren repartir días señalados (Nochebuena, Navidad, Nochevieja, Reyes) de forma independiente.
Semana Santa y verano
- Semana Santa: suele repartirse por mitades o alternarse completa cada año.
- Verano: lo más frecuente es dividir julio y agosto en quincenas o meses, alternando la elección cada año. En custodia compartida con semanas alternas, a veces se mantiene la alternancia también en verano.
Si el convenio no dice nada o no hay acuerdo
Si el convenio es ambiguo o las circunstancias han cambiado, lo primero es intentar un acuerdo por escrito. Si no es posible, puede pedirse al juzgado que concrete el régimen o, si el cambio es estable, solicitar una modificación de medidas. Ante un incumplimiento, puede instarse la ejecución de la sentencia.
Consejos para evitar conflictos
- Fije fechas y horas exactas de entrega y recogida, no solo «la mitad de las vacaciones».
- Establezca quién elige periodo y con cuánta antelación debe comunicarlo.
- Prevea los viajes al extranjero y la documentación necesaria.
- Deje constancia por escrito de cualquier cambio puntual acordado.
Más información sobre custodia compartida y qué pasa con los hijos en un divorcio.
Preguntas frecuentes
¿Puedo llevarme a mis hijos de viaje al extranjero en mis vacaciones?
Depende de lo que diga su convenio o sentencia y del destino. Los viajes al extranjero suelen requerir el consentimiento del otro progenitor o autorización judicial si no hay acuerdo. Consúltelo con antelación.
¿Qué pasa si mi ex no me entrega a los niños en Navidad?
Deje constancia del incumplimiento y consulte con su abogado. Puede instarse la ejecución de la sentencia y, en incumplimientos reiterados, valorar una modificación del régimen.
¿Se recuperan los días perdidos?
Depende de las circunstancias y de lo acordado. Lo recomendable es pactar por escrito la compensación de los días cuando se produce un cambio puntual.
Guía elaborada por el equipo de Lepek Abogados, despacho especializado en derecho de familia en Madrid. Tiene carácter informativo y no sustituye al asesoramiento sobre su caso concreto.
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