Antes de demandar a la empresa por despido hay que pasar por el SMAC de Madrid. La papeleta de conciliación es el escrito que abre ese trámite y, además, el que detiene el plazo de 20 días hábiles. Aquí sabrás qué es, cómo se presenta y qué ocurre el día del acto. Lo explican abogados laboralistas en Madrid que acuden al SMAC con frecuencia.
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Cálculo orientativo: 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades (art. 56.1 del Estatuto de los Trabajadores); 20 días por año con máximo de 12 mensualidades en el despido objetivo (art. 53.1.b). Para el tiempo trabajado antes del 12/02/2012 se aplican 45 días por año. El plazo para reclamar es de 20 días hábiles (art. 59.3); el contador no tiene en cuenta todos los festivos locales. El finiquito se calcula de forma aproximada con los datos que indicas.
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Qué es la papeleta y para qué sirve
La papeleta de conciliación es un escrito dirigido al servicio de mediación, arbitraje y conciliación (en Madrid, el SMAC) en el que cuentas quién eres, quién es la empresa, qué pasó y qué reclamas. Como regla general, es un paso obligatorio: sin conciliación previa no se puede presentar la demanda por despido en los juzgados de lo social de Madrid.
Tiene un segundo efecto, y es el más importante: presentar la papeleta interrumpe el plazo de caducidad de 20 días hábiles para reclamar el despido. Si no la presentas a tiempo, pierdes la acción. Por eso la calculadora de arriba va antes que cualquier otra cosa.
Cómo se cuenta el plazo
Los 20 días son hábiles: no cuentan sábados, domingos ni festivos. Empiezan a contar desde la fecha de efectos del despido, que suele ser la que figura en la carta. Si la empresa te comunicó el despido un viernes con efectos ese mismo día, el lunes ya es el primer día.
Al presentar la papeleta, el reloj se detiene. Se vuelve a poner en marcha después del acto de conciliación, y ahí tienes que presentar la demanda en los días que te quedaban. Es decir, si presentaste la papeleta el día 12, tras la conciliación te quedan unos 8 días hábiles para demandar. Normalmente la demanda se prepara mientras se espera la citación.
Qué debe llevar la papeleta
- Tus datos y los de la empresa: nombre, DNI o CIF, domicilio. Si no sabes la razón social exacta, aparece en tu nómina o en tu contrato.
- Los hechos: fecha de alta, categoría, salario con prorrata de pagas, fecha y forma del despido. Sin adjetivos, solo hechos.
- Lo que pides: normalmente que se declare el despido improcedente (o nulo, si hay causa) y la indemnización que te corresponde, que para el improcedente es de 33 días por año con el máximo de 24 mensualidades.
Lo que pongas en la papeleta condiciona la demanda posterior. Un salario mal calculado o una fecha equivocada se arrastran al juzgado. Por eso la prepara un abogado, aunque la firme el trabajador.
El día del acto en el SMAC de Madrid
Te citan en una fecha concreta, a ti y a la empresa. El acto dura unos minutos. Si la empresa comparece y hay acuerdo, se firma un acta «con avenencia» que recoge lo pactado: por lo general, que reconoce la improcedencia y paga una cantidad. Ese acta tiene fuerza ejecutiva; si la empresa no paga, se ejecuta ante el juzgado de lo social como una sentencia.
Si no hay acuerdo, el acta es «sin avenencia» y se va a juicio. Si la empresa no aparece, el acto se tiene por «intentado sin efecto» y también se va a juicio. En Madrid, muchos despidos improcedentes se cierran en el propio SMAC porque a la empresa le sale más caro esperar a la sentencia. Un acuerdo en el SMAC con reconocimiento de improcedencia, además, te permite acceder al paro.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar la papeleta yo mismo sin abogado?
Sí, puedes presentarla tú. El riesgo es que lo que escribas en la papeleta te limite después en el juzgado. Si vas a reclamar un despido, la prepara mejor alguien que haya hecho muchas. Un abogado cuesta dinero, pero en despidos lo habitual es cobrar a porcentaje de lo recuperado, así que si no hay indemnización no hay honorarios.
¿Qué pasa si la empresa no viene al SMAC?
El acto se tiene por intentado sin efecto y se puede demandar. La ausencia de la empresa no la perjudica directamente en el fondo, pero sí suele indicar que no quiere negociar, y entonces el asunto se decide en el juzgado de lo social.
¿Hay que presentar la papeleta también para reclamar el finiquito?
Si reclamas solo cantidades (finiquito, salarios pendientes), la conciliación también es, como regla general, un paso previo. El plazo aquí es distinto: esas cantidades prescriben al año, no caducan a los 20 días. Lo habitual es reclamar despido y cantidades en la misma papeleta.
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