Despido improcedente: readmisión o indemnización, quién elige

Si el juez declara tu despido improcedente, alguien tiene que decidir si vuelves a tu puesto o cobras la indemnización. Esa decisión casi nunca es tuya. Aquí verás quién elige, en qué plazo, qué cobras en cada opción y qué pasa si la empresa no contesta. Puedes calcular la indemnización que te correspondería y un abogado laboralista en Madrid revisa el resultado sin coste.

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Quién elige: la empresa, salvo una excepción

Elige la empresa. Cuando la sentencia declara el despido improcedente, el empresario tiene 5 días desde la notificación para optar entre readmitirte o pagarte la indemnización. Tú puedes decir en la demanda lo que prefieres, pero la decisión final no es tuya.

La excepción eres tú si eres representante legal de los trabajadores o delegado sindical. En ese caso eliges tú, y además cobras salarios de tramitación tanto si vuelves como si te indemnizan. Fuera de ese supuesto, la readmisión depende de la empresa.

Si la empresa elige indemnizar

La indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año de servicio, prorrateando por meses los periodos inferiores al año, con un máximo de 24 mensualidades. Si entraste en la empresa antes de febrero de 2012, como regla general el tiempo anterior se calcula a 45 días por año, con un tope conjunto mayor.

Si la empresa opta por indemnizar, el contrato se entiende extinguido en la fecha del despido. No cobras los sueldos de los meses que duró el pleito. Cobras la indemnización, el finiquito si no lo habías cobrado, y nada más. Esto es lo que ocurre en la gran mayoría de casos en los juzgados de lo social de Madrid.

Si la empresa elige readmitir

Vuelves a tu puesto en las mismas condiciones que tenías. Además, la empresa te paga los salarios de tramitación: los sueldos desde el despido hasta la notificación de la sentencia, o hasta la fecha en que encontraste otro empleo, si fue antes.

Si tu despido había sido objetivo y ya habías cobrado los 20 días por año, con la readmisión tienes que devolver esa indemnización. Si en vez de readmisión hay indemnización por improcedencia, lo que ya cobraste se descuenta de la nueva cantidad.

Un detalle práctico: si la empresa dice que readmite pero no te da trabajo, o te cambia de puesto o de condiciones, normalmente puedes acudir al juzgado para que declare extinguido el contrato con la indemnización correspondiente. La readmisión tiene que ser real.

Si la empresa no contesta

Si pasan los 5 días y la empresa no comunica nada, se entiende que ha optado por la readmisión. Esto le sale caro, porque arrastra los salarios de tramitación. Por eso las empresas suelen contestar en plazo y casi siempre eligen indemnizar.

En la práctica, muchas veces la opción se adelanta. La empresa reconoce la improcedencia en el SMAC de Madrid y ofrece la indemnización en el acto de conciliación, antes de llegar a juicio. Si la cifra es correcta y te interesa cobrar pronto, ese acuerdo cierra el caso sin esperar meses a una sentencia.

Qué te conviene y cómo influye en la reclamación

Como no eliges tú, lo que puedes controlar es la cifra. Comprueba que el salario que se usa para el cálculo es el real, con pagas extra prorrateadas y variables, y que la antigüedad incluye los contratos anteriores encadenados. Esas dos cosas cambian mucho la indemnización.

Un abogado cuesta dinero. En despidos lo habitual es cobrar un porcentaje de lo que recuperes, así que si no hay indemnización no hay honorarios. Recuerda que la acción contra el despido caduca a los 20 días hábiles, y que presentar la papeleta en el SMAC interrumpe ese plazo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo negarme a la readmisión y pedir la indemnización?

No, salvo que seas representante de los trabajadores o delegado sindical. Si la empresa opta por readmitirte y tú no vuelves, el riesgo es que lo consideren una baja voluntaria. Consulta antes de tomar esa decisión.

¿Qué pasa si el despido es nulo en vez de improcedente?

Como regla general, en el despido nulo no hay opción: la empresa tiene que readmitirte y pagar los sueldos que no cobraste. Es el caso típico del despido en el embarazo o durante una reducción de jornada por cuidado de hijos sin causa real acreditada.

¿La empresa puede elegir indemnizarme ya en la carta de despido?

Normalmente sí. Algunas empresas reconocen la improcedencia desde el principio y ponen la indemnización a tu disposición. Aun así, revisa que el cálculo sea correcto; un error en el salario o la antigüedad se puede reclamar dentro del plazo de 20 días hábiles.

Si tienes dudas, calcula tu indemnización y un abogado laboralista de Madrid revisa tu caso gratis.