Despido en banca y entidades financieras en Madrid

En banca, la salida casi nunca llega como un despido sin más: hay ERE, bajas incentivadas, planes de salida y despidos por objetivos comerciales. Aquí ves qué mirar antes de firmar y puedes calcular la indemnización objetiva de 20 días por año; abogados laboralistas en Madrid revisan después tu caso.

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ERE y periodo de consultas

Cuando una entidad reduce plantilla, lo habitual es un despido colectivo. El periodo de consultas termina muchas veces con un acuerdo que mejora las condiciones legales: indemnizaciones más altas, bajas voluntarias o prejubilaciones. Lo que te corresponde depende de ese acuerdo, no solo de la ley.

Pide una copia del acuerdo y la comunicación individual. Comprueba qué criterios de afectación se aplicaron y si tu caso entra en ellos. Una indemnización «oficial» puede mejorarse en la práctica si hay defectos en tu inclusión.

Baja incentivada y plan de salida: lo que firmas

Una baja incentivada es voluntaria. Eso significa que, una vez firmada, es difícil discutirla. Antes de aceptar, haz la cuenta: compara lo que te ofrecen con los 33 días por año del despido improcedente y con los 20 días del objetivo, además del paro que perderías o cobrarías.

Un abogado puede revisar si hubo presión o si el plan ocultaba un despido encubierto. Si te dan 24 horas para decidir, pide más tiempo por escrito.

Despido por bajo rendimiento y objetivos comerciales

En entidades financieras es frecuente justificar el despido con objetivos de venta no alcanzados. Como regla general, no basta con decir que no cumpliste: la empresa tiene que acreditar parámetros objetivos, comparables y que dependían de ti. Si los objetivos eran inalcanzables o cambiaron sin avisarte, la causa se debilita.

Si el despido es objetivo, la empresa debe cumplir tres requisitos: carta escrita con la causa, indemnización de 20 días por año con máximo de 12 mensualidades puesta a disposición a la vez, y 15 días de preaviso (art. 53.1 ET). El incumplimiento del preaviso o un error excusable en el cálculo no hace improcedente el despido, pero la empresa debe pagar lo que falte.

Si es improcedente, la empresa elige entre readmitirte o pagar 33 días por año con máximo de 24 mensualidades (art. 56.1 ET). Si ya cobraste la indemnización objetiva, se descuenta de la compensación (art. 53.5.b ET).

Convenio, plazos y honorarios

El convenio del sector de banca puede mejorar permisos, categorías y condiciones de salida. Revisa qué convenio te aplica. En cualquier caso, la acción contra el despido caduca a los 20 días hábiles (art. 59.3 ET), y la papeleta ante el SMAC de Madrid lo interrumpe.

Un abogado cuesta dinero; en despidos lo habitual es cobrar a porcentaje de lo recuperado o una cuota fija por conciliación, y la primera consulta suele ser gratuita en muchos despachos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar si firmé una baja incentivada?

Es más difícil, porque es un pacto voluntario. Se puede valorar si hubo presión, engaño o un despido encubierto, pero conviene revisar el documento antes de firmar y no después.

¿Me pueden despedir por no cumplir objetivos comerciales?

La empresa tiene que probar que los objetivos eran objetivos y alcanzables, y que el incumplimiento depende de ti. Si no lo prueba, el despido puede ser improcedente.

¿Qué diferencia hay entre un ERE y un despido objetivo individual?

El ERE afecta a un número de trabajadores y se negocia con la representación en un periodo de consultas. El objetivo individual es una decisión de la empresa con carta, indemnización y preaviso para ti.

Si tienes dudas, calcula tu indemnización y un abogado laboralista de Madrid revisa tu caso gratis.