Me ofrecen una baja voluntaria o un acuerdo: ¿lo firmo?

Si la empresa te propone firmar una baja voluntaria o «llegar a un acuerdo» para salir, lo primero es saber qué estarías regalando. Aquí comparas las tres salidas posibles (baja voluntaria, acuerdo y despido) y calculas la indemnización que te correspondería si te despidieran de forma improcedente. Lo redactan abogados laboralistas en Madrid que ven esta situación cada semana.

Calcula la indemnización por tu despido

Gratis, en 30 segundos y sin dejar tus datos.

Por qué la empresa quiere que firmes tú

Una baja voluntaria es una dimisión. La firmas tú, no la empresa. Eso significa que no hay despido, no hay indemnización y, como regla general, tampoco hay derecho al paro, porque eres tú quien deja el trabajo.

Para la empresa es la salida más barata que existe. Por eso la ofrecen con prisa, a veces con una fecha de hoy y un bolígrafo delante. Si te dicen que «da igual» o que «es solo un trámite», es exactamente el momento de no firmar.

Las tres salidas y lo que cobras en cada una

  • Baja voluntaria: ninguna indemnización. Solo el finiquito (días trabajados, vacaciones pendientes y parte proporcional de pagas). Normalmente sin paro.
  • Acuerdo o mutuo acuerdo: cobras lo que pactes, ni más ni menos. Si se formaliza como mutuo acuerdo, como regla general tampoco accedes al paro. Si se formaliza como despido reconocido improcedente, sí.
  • Despido improcedente: 33 días de salario por año trabajado, con los periodos inferiores a un año prorrateados por meses y un máximo de 24 mensualidades. Eso es lo que marca el Estatuto de los Trabajadores y lo que puedes reclamar si la empresa no acredita la causa.

La calculadora de arriba te da la tercera cifra. Si la oferta que tienes sobre la mesa está muy por debajo, ya sabes cuánto te están pidiendo que regales.

Cuándo un acuerdo sí puede interesarte

No todo acuerdo es malo. Un despido improcedente reconocido por la empresa, con la indemnización completa y firmado en el SMAC de Madrid, es un acuerdo. Cobras lo que te corresponde, tienes acceso al paro y no esperas meses a un juzgado de lo social.

La diferencia está en el papel que firmas. Que ponga «despido» y una cantidad comparable a la legal. Que no ponga «baja voluntaria» ni «cese a petición del trabajador». Y conviene saber que la indemnización por despido suele tener un trato fiscal más favorable que una cantidad pactada como salario en una dimisión, aunque eso depende de cada caso.

Qué hacer si te lo ponen delante hoy

No firmes nada en el momento. Pide el documento para leerlo en casa. Si insisten en que es hoy o nada, piensa qué pasa si no firmas: la empresa tendría que despedirte, y entonces entrarías en el escenario de los 33 días por año.

Si ya has firmado una baja voluntaria bajo presión, la cosa se complica. Un acuerdo puede impugnarse si hubo coacción o engaño, pero probarlo es difícil. Guarda mensajes, correos y cualquier prueba de cómo se produjo la firma, y consúltalo cuanto antes. Si lo que firmaste fue un despido, el plazo para reclamar es de 20 días hábiles.

Preguntas frecuentes

¿Si firmo la baja voluntaria puedo cobrar el paro?

Como regla general, no. La prestación por desempleo exige que la pérdida del empleo no sea voluntaria. Es la principal razón para no firmar una dimisión que no has pedido.

¿Qué diferencia hay entre un acuerdo y un despido pactado?

En el fondo, el papel. Un despido pactado se formaliza como despido, normalmente reconocido improcedente ante el SMAC de Madrid, y da acceso al paro. Un mutuo acuerdo es una extinción consensuada que, como regla general, no lo da. Antes de firmar, mira qué causa de extinción figura en el documento.

¿Puedo negociar la cantidad que me ofrecen?

Sí. La referencia es la indemnización por despido improcedente de 33 días por año. Si la empresa sabe que puedes reclamarla en el juzgado, su oferta suele acercarse a esa cifra. Calcularla antes de sentarte a hablar cambia la conversación.

Si tienes dudas, calcula tu indemnización y un abogado laboralista de Madrid revisa tu caso gratis.