En la custodia exclusiva —también llamada monoparental— los hijos viven habitualmente con uno de los progenitores, y el otro se relaciona con ellos a través de un régimen de visitas.
¿Cuándo se concede?
- Cuando los padres lo acuerdan así.
- Cuando la custodia compartida no es viable: domicilios muy alejados, horarios incompatibles o conflicto grave.
- Cuando uno de los progenitores no ha asumido el cuidado de los hijos o no puede hacerlo.
- En situaciones de riesgo o violencia.
Qué derechos mantiene el otro progenitor
- La patria potestad, salvo resolución en contrario.
- Relacionarse con sus hijos: visitas, estancias y comunicaciones.
- Estar informado de su educación y salud.
Pensión de alimentos
El progenitor no custodio suele abonar una pensión de alimentos y participar en los gastos extraordinarios.
¿Se puede cambiar a custodia compartida?
Sí, si cambian las circunstancias y beneficia a los hijos, mediante una modificación de medidas.
Preguntas frecuentes
¿La custodia exclusiva es siempre para la madre?
No. La ley no da preferencia por sexo; se decide según el interés del menor.
¿El progenitor custodio puede mudarse con los hijos?
Un traslado relevante requiere acuerdo o autorización judicial. Vea cambio de domicilio con hijos.
¿Qué pasa si el otro progenitor no cumple las visitas?
Puede instarse la ejecución y, si es reiterado, revisar el régimen.
Guía elaborada por el equipo de Lepek Abogados, despacho especializado en derecho de familia en Madrid. Tiene carácter informativo y no sustituye al asesoramiento sobre su caso concreto.
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