Si llevas meses de baja o una lesión te impide trabajar como antes, probablemente te preguntes qué pensión podrías cobrar y si merece la pena pedirla. Somos abogados especialistas en incapacidad permanente en Madrid y esta página te ayuda a situarte. Primero usa la calculadora y después lee lo esencial.
¿Qué pensión te podría corresponder por incapacidad permanente?
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Pensión mensual orientativa (estimación, no una cifra exacta)
ESTIMACIÓN ORIENTATIVA Y NO VINCULANTE. Se aplica el porcentaje habitual de cada grado a la base reguladora que indicas, con un margen por ser una cifra aproximada. La base reguladora real, el grado reconocido y los requisitos de cotización los determina la Seguridad Social o, en su caso, un juez; un abogado lo revisa. En la gran invalidez se suma además un complemento que no se calcula aquí.
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Ten a mano la resolución del INSS (si la hay), los informes médicos y tu vida laboral. Si te han notificado una resolución, no dejes pasar los plazos.
Qué es la incapacidad permanente
La incapacidad permanente es una prestación de la Seguridad Social para quien, tras un tratamiento, conserva lesiones o limitaciones que reducen o anulan su capacidad de trabajar. No se concede por estar de baja mucho tiempo, sino por las secuelas que quedan y por cómo afectan a tu trabajo.
Como regla general, la reconoce el INSS tras un expediente en el que un equipo médico valora tus informes. Si hay resolución favorable, se fija un grado y, con él, una pensión o una indemnización. Si es desfavorable, normalmente hay vías para recurrir.
Los cuatro grados, en pocas palabras
El grado determina cuánto cobras y qué puedes hacer después. Tienes más detalle en nuestra guía de grados de incapacidad permanente. Resumido:
- Parcial: las secuelas reducen tu rendimiento en tu profesión, pero puedes seguir con ella. Suele traducirse en una indemnización única.
- Total: no puedes hacer las tareas fundamentales de tu profesión habitual, pero sí otra distinta.
- Absoluta: las secuelas te impiden cualquier trabajo.
- Gran invalidez: además de lo anterior, necesitas ayuda de otra persona para actos básicos de la vida diaria.
Cuánto podrías cobrar
La cuantía depende sobre todo de dos cosas: el grado y tu base reguladora, que se calcula a partir de tus cotizaciones. La calculadora de arriba te da una cifra aproximada, pero es solo una estimación. El importe real depende de los informes médicos, de tu historial de cotización y de lo que diga la resolución del INSS.
Si quieres entender el cálculo paso a paso, lee cómo se calcula la pensión de incapacidad permanente.
Cuándo conviene hablar con un abogado
Conviene hacerlo en tres momentos: antes de que el INSS resuelva, para presentar bien los informes; cuando te deniegan la incapacidad o te reconocen un grado inferior al que crees; y cuando te dan el alta médica estando todavía incapacitado para trabajar. En los dos últimos casos los plazos son breves, así que no los dejes pasar.
Un abogado cuesta dinero. En incapacidades lo habitual es cobrar a porcentaje de lo recuperado, y la primera consulta suele ser gratuita en muchos despachos. Puedes ver más en cuánto cuesta un abogado de incapacidad permanente.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda en resolverse una incapacidad permanente?
Depende del caso y de la carga del INSS. Normalmente se habla de varios meses desde que se inicia el expediente. Si te deniegan, la vía judicial añade más tiempo.
¿Puedo pedir la incapacidad si sigo de baja?
Como regla general, la valoración se hace cuando se agota el tratamiento o el periodo máximo de baja y las secuelas parecen definitivas. Cada caso tiene matices, así que conviene que un abogado revise tu situación.
¿La cifra de la calculadora es la que cobraré?
No. Es una estimación orientativa. El importe real lo fija la resolución según tu grado, tu base reguladora y tus informes médicos.
Si tienes dudas, calcula tu pensión y deja tu teléfono y un abogado especialista de Madrid revisa tu caso gratis.