Despido en comercio y retail en Madrid

Tiendas, grandes almacenes, cadenas: aquí ves qué mirar si te han despedido de un comercio, desde el contrato de campaña hasta la diferencia de caja. Puedes calcular tu indemnización, y abogados laboralistas en Madrid revisan después tu caso.

Calcula la indemnización por tu despido

Gratis, en 30 segundos y sin dejar tus datos.

Contratos de campaña y jornadas parciales

En comercio es habitual contratar para rebajas, Navidad o Black Friday. Si tu contrato acabó al terminar la campaña, mira si la causa era real y si llevabas años enlazando campañas. Encadenar contratos temporales sin causa puede hacer que la relación se considere indefinida, y entonces el cese pasa a ser un despido.

Con jornada parcial, fíjate en las horas complementarias. Si la empresa te pedía más horas de las pactadas, tienen que cumplir sus límites y pagarlas. Si no lo hizo, esa deuda suma a la indemnización.

Despido por caja, inventario o hurtos

Es el motivo más delicado del sector. Una diferencia de caja o de inventario no prueba por sí sola que robaras. La empresa tiene que acreditar los hechos y que fueran imputables a ti, no al turno, a otro compañero o a un error de sistema.

Si hubo una apropiación real, el despido puede ser procedente aunque la cuantía sea pequeña. Pero la sanción debe ser proporcionada: se mira tu antigüedad, tus antecedentes y la gravedad. Pide la carta y copia de lo que te enseñaron. No firmes un reconocimiento de deuda ni un finiquito en el momento.

Cierre de tienda y despido objetivo

Si cierran tu tienda, la empresa puede acudir al despido objetivo. Entonces debe darte carta con la causa, poner la indemnización a tu disposición a la vez, 20 días por año con máximo de 12 mensualidades, y 15 días de preaviso (art. 53.1 ET). Si no cumple alguno de estos requisitos puede ser improcedente, aunque no dar preaviso o equivocarse de forma excusable en la cifra no lo hace improcedente por sí solo; la empresa debe pagar lo que falte (art. 53.4 ET).

Si cierran varias tiendas a la vez, el número de afectados puede obligar a un despido colectivo, con otro procedimiento. Compara tu carta con lo que pasó realmente en la empresa.

Plazos y pasos en Madrid

El plazo para reclamar es de 20 días hábiles desde el despido (art. 59.3 ET), y presentar la papeleta de conciliación en el SMAC de Madrid lo interrumpe. Si no hay acuerdo, el siguiente paso es el juzgado de lo social de Madrid. Aplica también si te despidieron por burofax o en la propia tienda delante de clientes.

Un abogado cuesta dinero. En despidos lo habitual es cobrar un porcentaje de lo recuperado o una cuota fija por la conciliación, y la primera consulta suele ser gratuita en muchos despachos. Cuando no hay indemnización, normalmente tampoco hay porcentaje que pagar.

Preguntas frecuentes

Me acusan de coger dinero de la caja. ¿Qué hago?

No firmes nada que reconozca la deuda. Pide la carta y conserva lo que te enseñaron. La empresa tiene que probar los hechos y que fuiste tú.

Me despidieron al acabar la campaña, ¿puedo reclamar?

Sí, si el contrato no era realmente temporal o llevas años de contratos encadenados. Revisa fechas, causas y antigüedad.

¿Qué convenio se aplica a mi tienda?

Depende de la empresa y del territorio: puede ser uno de comercio o uno propio de la cadena. Mira tu nómina y tu contrato.

Si tienes dudas, calcula tu indemnización y un abogado laboralista de Madrid revisa tu caso gratis.