Si trabajas por cuenta propia pero casi todos tus ingresos vienen de un solo cliente, y te corta el contrato, no te corresponde la indemnización de un despido normal. Puede haber otra indemnización, o puede que en realidad fueras un trabajador. Aquí ves las dos vías y cuánto te correspondería en la segunda; abogados laboralistas en Madrid revisan después tu caso.
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Si tu despido se declara improcedente te corresponderían
Cálculo orientativo: 33 días de salario por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades (art. 56.1 del Estatuto de los Trabajadores); 20 días por año con máximo de 12 mensualidades en el despido objetivo (art. 53.1.b). Para el tiempo trabajado antes del 12/02/2012 se aplican 45 días por año. El plazo para reclamar es de 20 días hábiles (art. 59.3); el contador no tiene en cuenta todos los festivos locales. El finiquito se calcula de forma aproximada con los datos que indicas.
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Qué es un TRADE y por qué importa
El autónomo económicamente dependiente, o TRADE, es el que obtiene de un único cliente la mayor parte de sus ingresos. La ley fija un porcentaje concreto, que como regla general ronda las tres cuartas partes de lo que factura, y regula su contrato en el Estatuto del Trabajo Autónomo. Normalmente el contrato debe constar por escrito y registrarse.
Ser TRADE no te convierte en empleado. Sigues siendo autónomo: pagas tu cuota, facturas y organizas tu trabajo. Pero tienes algunos derechos que otro autónomo no tiene, por ejemplo frente a una extinción del contrato sin motivo.
Cuando el cliente rompe el contrato
El Estatuto de los Trabajadores no se aplica a tu relación, así que no hay carta de despido ni 33 días por año. Lo que normalmente puedes reclamar es una indemnización por daños y perjuicios si el cliente puso fin al contrato sin causa justificada o sin respetar el preaviso.
No hay una tarifa automática. La cuantía depende de lo pactado en el contrato, de la duración de la relación, de la inversión que hiciste para ese cliente y de lo que dejas de ingresar. Por eso conviene guardar contrato, facturas y comunicaciones. Estos conflictos se llevan ante el juzgado de lo social.
Cuando eras un falso autónomo
Hay una segunda vía, a menudo más rentable. Si trabajabas con horario fijo, con las herramientas de la empresa, siguiendo órdenes y integrado en su plantilla, un juez puede declarar que la relación era laboral. Entonces el corte es un despido, y se calcula como cualquier otro: 33 días por año de servicio si es improcedente, prorrateando los meses, con máximo de 24 mensualidades, o readmisión (art. 56.1 ET).
Lo que decide es la realidad del día a día, no que facturases. Pero reclamar la laboralidad implica admitir que cotizaste como autónomo durante años; tu abogado debe valorar qué te conviene antes de decidirlo.
Plazos
Si pides que se declare la relación laboral y se trate como despido, el plazo es el de cualquier despido: 20 días hábiles desde que cesas (art. 59.3 ET). La papeleta de conciliación ante el SMAC de Madrid lo interrumpe. La reclamación por daños y perjuicios tiene su propio plazo, que depende del caso; no esperes a ver si el cliente rectifica.
Un abogado cuesta dinero. En reclamaciones de este tipo lo habitual es cobrar a porcentaje de lo recuperado o una cuota fija, y la primera consulta suele ser gratuita en muchos despachos.
Preguntas frecuentes
¿Un TRADE tiene derecho a indemnización por despido?
No la del Estatuto de los Trabajadores. Normalmente puede reclamar daños y perjuicios si el cliente cortó el contrato sin causa justificada. Si se prueba que era un trabajador, sí aplica la de despido.
¿Tengo que ser TRADE para reclamar que era un falso autónomo?
No. Cualquier autónomo puede reclamar que su relación era laboral si concurren las características del trabajo por cuenta ajena. Ser TRADE no es un requisito, solo una situación frecuente.
¿Qué hago si el cliente solo me deja de dar trabajo?
Pide por escrito que te aclare si el contrato continúa y conserva la respuesta. Una bajada de encargos sin comunicación formal también puede ser una forma de extinguir la relación, y el plazo puede estar corriendo.
Si tienes dudas, calcula tu indemnización y un abogado laboralista de Madrid revisa tu caso gratis.