Despido en una ETT: quién responde y qué reclamar

En una ETT tu empresa no es aquella en cuyas instalaciones trabajas, y eso complica saber contra quién reclamar. Aquí ves quién responde, cuándo un fin de misión es en realidad un despido y qué indemnización podrías reclamar; abogados laboralistas en Madrid revisan después tu caso.

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Quién es tu empresa en una ETT

Tu empleador es la ETT. Ella firma tu contrato, te paga la nómina y te cotiza. La empresa donde trabajas, la usuaria, solo recibe tu trabajo a través de un contrato de puesta a disposición entre ambas.

La usuaria da las órdenes del día a día, pero el despido o el fin de contrato lo comunica la ETT. Si el que te dice «mañana no vengas» es el encargado de la usuaria, anota quién y cuándo, porque ahí puede haber un despido verbal.

Fin de misión y despido: cuándo no es lo mismo

Si tu contrato era temporal y llega a su fecha o a su causa, normalmente basta con que te lo comuniquen. Como regla general, te corresponde la indemnización de fin de contrato de 12 días por año, salvo interinidad o contratos formativos, además del finiquito.

La cosa cambia si el contrato no tenía causa real, si la ETT te ha encadenado misiones una tras otra para el mismo puesto, o si te cesan antes de la fecha prevista. Entonces puedes plantear que el contrato es indefinido y que el cese es un despido sin causa. Con la antigüedad desde la primera misión, la cifra del improcedente es de 33 días por año (art. 56.1 ET).

Cuándo responde también la empresa usuaria

Como regla general, la usuaria responde de forma subsidiaria de los salarios y las cuotas de Seguridad Social durante el tiempo que trabajaste para ella. Si la ETT no paga, puedes reclamar a la usuaria. Que figure en la demanda suele mejorar las opciones de cobrar.

Hay un caso más grave: la cesión ilegal. Se da cuando la ETT es solo un intermediario, y tu trabajo, tus medios y tus órdenes son siempre de la usuaria. En ese supuesto se puede pedir ser reconocido como trabajador de la usuaria, con tu antigüedad completa. No es fácil de probar: reúne contratos, mensajes, turnos y quién te daba instrucciones.

Plazos y pasos

El plazo para reclamar un despido es de 20 días hábiles desde el cese (art. 59.3 ET). La papeleta de conciliación ante el SMAC de Madrid lo interrumpe. Si sospechas fraude o cesión, no esperes a ver si te vuelven a llamar.

Las cantidades pendientes de nómina o finiquito prescriben al año (art. 59.1 ET). Al firmar el finiquito escribe «no conforme» si no estás de acuerdo con alguna cifra.

Un abogado cuesta dinero. En despidos lo habitual es cobrar a porcentaje de lo recuperado, así que si no hay indemnización normalmente no hay honorarios.

Preguntas frecuentes

¿Contra quién presento la demanda, la ETT o la empresa?

Normalmente contra la ETT, y también contra la usuaria cuando hay deudas de salarios, cesión ilegal o responsabilidad en el contrato de puesta a disposición. Un laboralista decide a quién incluir.

¿Me pueden despedir de una ETT por no ir a una misión?

Depende del motivo y de si se ha avisado. Una negativa injustificada puede sancionarse, pero la empresa debe seguir el procedimiento y probar los hechos.

¿Cuenta mi antigüedad en la usuaria?

Como regla general, tu antigüedad es la de la ETT. Solo se computa la de la usuaria si se declara cesión ilegal o fraude y eliges quedarte en ella.

Si tienes dudas, calcula tu indemnización y un abogado laboralista de Madrid revisa tu caso gratis.