Si llevas mucho tiempo de baja y el INSS te da el alta sin que te sientas capaz de trabajar, tienes que actuar rápido. Somos abogados especialistas en incapacidad permanente en Madrid y te explicamos las opciones. Antes, estima qué pensión podría estar en juego.
¿Qué pensión te podría corresponder por incapacidad permanente?
Estimación orientativa en un minuto. Gratis y sin dejar tus datos.
Pensión mensual orientativa (estimación, no una cifra exacta)
ESTIMACIÓN ORIENTATIVA Y NO VINCULANTE. Se aplica el porcentaje habitual de cada grado a la base reguladora que indicas, con un margen por ser una cifra aproximada. La base reguladora real, el grado reconocido y los requisitos de cotización los determina la Seguridad Social o, en su caso, un juez; un abogado lo revisa. En la gran invalidez se suma además un complemento que no se calcula aquí.
¿Quieres que un abogado revise tu caso gratis?
Te llama un abogado laboralista, te dice qué grado podrías conseguir y cómo reclamarlo. Sin compromiso.
Recibido. Te llamamos hoy.
Ten a mano la resolución del INSS (si la hay), los informes médicos y tu vida laboral. Si te han notificado una resolución, no dejes pasar los plazos.
Qué ocurre cuando se agota la baja
La incapacidad temporal tiene una duración máxima. Cuando se acerca, el INSS evalúa tu situación y, como regla general, puede hacer una de dos cosas: darte el alta médica o iniciar un expediente para valorar una incapacidad permanente. También puede ocurrir que te den el alta antes, si considera que ya puedes trabajar.
Si el INSS inicia el expediente de incapacidad, tu situación puede prolongarse mientras se resuelve. Si te da el alta, tienes que decidir qué hacer.
Si te dan el alta y no estás recuperado
Lo primero que tienes que hacer es no dejarlo pasar. El plazo para mostrar tu disconformidad es muy corto, de unos pocos días desde que te notifican el alta. Se presenta ante el propio INSS, con el informe que respalda que sigues sin poder trabajar.
Conviene tener a mano tus informes médicos. Si tu médico no está de acuerdo con el alta, su informe pesa mucho. Si el INSS mantiene el alta, puedes seguir con la vía de reclamación y demanda, aunque los plazos también son cortos.
Qué hacer con el trabajo mientras tanto
Es una situación delicada. Si no te reincorporas sin haber tramitado nada, tu empresa podría tomar medidas. Si te reincorporas, podrías estar trabajando sin estar bien. Por eso conviene consultar tu caso antes de decidir, y valorar si encaja una incapacidad permanente o si debes seguir otra vía.
Según tu situación, también puedes tener opciones como una prestación por desempleo. Un abogado puede orientarte sobre el orden de los pasos.
Cuándo se plantea la incapacidad permanente
Cuando, tras agotar el tratamiento, las secuelas siguen limitando tu trabajo y se prevén definitivas. Si es tu caso, la calculadora te da una idea de la pensión, pero es solo una estimación: el importe real depende de los informes médicos y de la resolución. Para conocer los pasos si te la deniegan, lee incapacidad permanente denegada: qué hacer.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tengo para recurrir un alta?
Muy poco, normalmente días. Por eso conviene consultar nada más recibir la notificación.
¿El alta significa que no tengo incapacidad?
No necesariamente. El alta médica y la incapacidad permanente son cuestiones distintas, y puedes plantear la segunda aunque te hayan dado el alta.
¿Cuánto cuesta que un abogado lleve esto?
Un abogado cuesta dinero. Lo habitual es cobrar a porcentaje de lo recuperado, y la primera consulta suele ser gratuita en muchos despachos. Más información en cuánto cuesta un abogado de incapacidad permanente.
Si tienes dudas, calcula tu pensión y deja tu teléfono y un abogado especialista de Madrid revisa tu caso gratis.