Cuando los hijos viven habitualmente con uno de los progenitores, el otro tiene derecho —y el deber— de relacionarse con ellos a través de un régimen de visitas, comunicaciones y estancias. Es un derecho pensado ante todo para los menores.
Cómo suele organizarse
- Fines de semana alternos, normalmente de viernes a domingo o lunes por la mañana.
- Una o dos tardes entre semana, con o sin pernocta.
- La mitad de las vacaciones escolares (vea custodia en vacaciones y Navidad).
- Comunicaciones por teléfono o videollamada en horarios razonables.
Es un esquema orientativo: se adapta a la edad de los hijos, a los horarios y a la distancia entre domicilios.
Visitas de los abuelos
Los abuelos y otros parientes y allegados también pueden tener derecho a relacionarse con los nietos. Si no se permite ese contacto sin causa justificada, pueden solicitarlo judicialmente. Se valora siempre el interés del menor.
Visitas restringidas o supervisadas
En situaciones de riesgo, el juez puede limitar o suspender las visitas o acordar que se realicen en un punto de encuentro familiar. En casos de violencia de género se aplican reglas específicas de protección.
¿Qué hacer si no se cumple?
- Deje constancia escrita de cada incumplimiento.
- No retenga a los hijos ni responda con otro incumplimiento.
- Solicite la ejecución de la sentencia o convenio.
- Si el incumplimiento es reiterado, puede pedirse una modificación de medidas.
Preguntas frecuentes
¿Puede el hijo negarse a ir con el otro progenitor?
La opinión de los hijos con suficiente madurez se tiene en cuenta, pero un menor no decide por sí solo. Si hay una negativa persistente, conviene analizar las causas y, si procede, adaptar el régimen judicialmente.
¿Puedo impedir las visitas si no me pagan la pensión?
No. Pensión y visitas son obligaciones independientes. El impago se reclama por su vía, sin afectar al derecho de los hijos a ver a su otro progenitor.
¿Se puede ampliar el régimen de visitas?
Sí, de mutuo acuerdo o, si no lo hay, mediante una modificación de medidas cuando cambian las circunstancias.
Guía elaborada por el equipo de Lepek Abogados, despacho especializado en derecho de familia en Madrid. Tiene carácter informativo y no sustituye al asesoramiento sobre su caso concreto.
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