Pareja de hecho en Madrid: inscripción, efectos y ruptura

Muchas parejas conviven sin casarse. Inscribirse como pareja de hecho tiene algunos efectos, pero no equivale al matrimonio. Conocer las diferencias es clave antes de comprar una vivienda o tener hijos, y también si la relación termina.

Inscripción en la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid cuenta con un registro de uniones de hecho. La inscripción acredita la relación y puede facilitar determinados derechos administrativos o laborales, según la normativa aplicable.

Diferencias con el matrimonio

  • No existe sociedad de gananciales por defecto.
  • No hay derechos hereditarios automáticos como los del cónyuge viudo.
  • La pensión compensatoria está prevista para el matrimonio.
  • Los derechos de los hijos son exactamente los mismos.

Pactos de convivencia

La pareja puede firmar pactos para regular su economía y qué ocurre en caso de ruptura. Son muy recomendables si hay bienes en común.

Si la relación termina

No hay divorcio, pero si hay hijos deben fijarse custodia, visitas y pensión. Vea separación de pareja de hecho con hijos.

Preguntas frecuentes

¿Heredo a mi pareja de hecho?

No como un cónyuge, salvo que haya testamento a su favor. Es importante planificarlo.

¿Tengo derecho a pensión de viudedad?

Puede tenerse con requisitos específicos de la Seguridad Social; conviene revisarlos.

¿Hay que darse de baja en el registro al separarse?

Sí, conviene cancelar la inscripción.

Guía elaborada por el equipo de Lepek Abogados, despacho especializado en derecho de familia en Madrid. Tiene carácter informativo y no sustituye al asesoramiento sobre su caso concreto.

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