El arraigo familiar es una vía de residencia para personas con un vínculo directo con ciudadanos españoles. Somos abogados especialistas en extranjería en Madrid y revisamos si tu situación familiar encaja.
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Qué supuestos cubre
Como regla general, esta vía está pensada para dos situaciones: ser progenitor de un menor de nacionalidad española o ser hijo de padre o madre que fue originariamente español.
No es la vía para cónyuges o parejas de españoles, que suelen tramitarse como residencia de familiar de ciudadano de la Unión o del régimen que corresponda. Conviene no confundirlas.
Qué documentos suelen pedirse
Normalmente se necesitan documentos que prueben el parentesco, como certificados de nacimiento o el libro de familia, y la identidad del familiar español.
Si eres progenitor de un menor español, suele pedirse también que acredites que convives con el menor o que te haces cargo de él. Los documentos extranjeros pueden requerir traducción y legalización, y eso consume tiempo si se deja para el final.
Un buen expediente no consiste en reunir muchos papeles, sino los adecuados y bien ordenados. Antes de presentar nada, un abogado comprueba que cada documento sea válido, esté vigente y diga lo que necesitas acreditar. Esa revisión evita requerimientos y reduce el riesgo de que la solicitud se retrase o se deniegue por un defecto de forma.
Por qué conviene cuidar el expediente
Aunque el vínculo familiar sea claro, la Administración revisa cada detalle. Un certificado caducado o una traducción defectuosa pueden provocar un requerimiento o una denegación.
Si no tienes claro si eres elegible, es mejor analizarlo antes. A veces otra vía, como el arraigo social, es una alternativa válida.
Si tu caso tiene alguna particularidad, cuéntala desde el principio: una ausencia larga, un cambio de trabajo, una resolución previa o un familiar con otra situación. Esos detalles condicionan la estrategia. Con la información completa se puede decidir si conviene presentar ya, esperar a reunir una prueba o elegir otra vía mejor.
Coste y cómo seguimos
Un abogado cuesta dinero. En extranjería lo habitual es presupuestar por trámite, con honorarios acordados antes de empezar, y la primera consulta suele ser gratuita en muchos despachos.
Te decimos qué vía parece más adecuada y qué falta por reunir. La decisión depende de la Administración, por lo que no se puede asegurar el resultado.
Si vives en Madrid, además, conviene tener en cuenta la carga de las oficinas y los tiempos de cita, que cambian a lo largo del año. Presentar con antelación y con el expediente completo suele ser más seguro que dejarlo para el último momento. Cuéntanos tu situación en el formulario y te indicamos los siguientes pasos.
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedirlo si estoy casado con un español?
Normalmente ese caso se tramita por otra vía distinta del arraigo familiar. Un abogado te indica cuál corresponde según tu situación.
¿Es necesario llevar tiempo en España?
Depende del supuesto y de la norma vigente. Se comprueba en cada caso, porque los requisitos han cambiado en los últimos años.
¿Y si mi hijo español vive en otro país?
La convivencia o la dependencia suelen ser relevantes. Hay que estudiar los hechos concretos antes de presentar la solicitud.
Si tienes dudas, cuéntanos tu caso de extranjería y un abogado especialista de Madrid revisa tu caso gratis.