Separación de bienes y liquidación de gananciales en Madrid

El régimen económico del matrimonio determina qué es de cada uno y qué es común. Cambiarlo, o repartir el patrimonio al terminar el matrimonio, requiere asesoramiento especializado para evitar errores costosos. Le ayudamos tanto si quiere pactar la separación de bienes como si necesita liquidar la sociedad de gananciales.

Separación de bienes sin divorciarse

Los cónyuges pueden cambiar su régimen económico en cualquier momento mediante capitulaciones matrimoniales otorgadas ante notario. Es habitual cuando uno de ellos inicia una actividad empresarial, para proteger el patrimonio familiar o simplemente para ordenar la economía de la pareja. El cambio exige, además, liquidar la sociedad de gananciales existente hasta ese momento.

Podemos preparar las capitulaciones y la liquidación de forma coordinada, con consulta online si le resulta más cómodo.

Liquidación de la sociedad de gananciales

Con el divorcio, la separación o las capitulaciones, la sociedad de gananciales se disuelve y hay que liquidarla:

  • Inventario: relación de bienes y deudas comunes y de los bienes privativos de cada cónyuge.
  • Valoración de inmuebles, cuentas, vehículos, empresas o participaciones.
  • Reembolsos y reintegros entre la sociedad y cada cónyuge (por ejemplo, dinero privativo invertido en la vivienda común).
  • Reparto y adjudicación de los bienes.

Si hay acuerdo, se formaliza ante notario o en el convenio regulador. Si no lo hay, se tramita un procedimiento judicial de liquidación.

Parejas de hecho

Las parejas de hecho no tienen, en general, un régimen de gananciales. El reparto de bienes al separarse depende de cómo estén titulados y de los pactos que existan. Revisamos su caso para proteger lo que le corresponde.

Preguntas frecuentes

¿Se puede hacer la separación de bienes online?

La preparación y el asesoramiento pueden hacerse íntegramente por videollamada. La firma de las capitulaciones se realiza ante notario.

¿La separación de bienes afecta a las deudas anteriores?

El cambio de régimen no puede perjudicar los derechos que ya tenían los acreedores. Conviene analizar las deudas existentes antes de otorgar las capitulaciones.

¿Qué pasa con la hipoteca de la vivienda común?

La hipoteca es un contrato con el banco y no cambia por el divorcio o las capitulaciones. En la liquidación se decide a quién se adjudica la vivienda y cómo se asume el préstamo, lo que puede requerir negociar con la entidad.

¿Hablamos de su caso?

Reserve una consulta con un abogado especializado en derecho de familia: presencial en Madrid (300 €) u online por videollamada (100 €). Saldrá con un análisis claro de su situación, las opciones reales y el coste exacto del procedimiento antes de comprometerse a nada.

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