Pensión de alimentos: abogados en Madrid

La pensión de alimentos es la cantidad que un progenitor aporta para cubrir las necesidades de sus hijos: alimentación, vivienda, ropa, educación, salud y ocio. Es un derecho de los hijos, no del otro progenitor, y por eso los tribunales la protegen de forma especial.

Cómo se calcula

No hay una cifra fija. El juez valora dos elementos: las necesidades de los hijos y la capacidad económica de cada progenitor. Como referencia orientativa se utilizan las tablas del Consejo General del Poder Judicial, pero cada caso se estudia de forma individual.

Gastos ordinarios y extraordinarios

  • Ordinarios: los previsibles y periódicos, cubiertos por la pensión mensual (comida, ropa, suministros, material escolar habitual…).
  • Extraordinarios: imprevisibles o no periódicos, como tratamientos médicos no cubiertos o clases de refuerzo necesarias. Normalmente se reparten entre los progenitores en la proporción que fije el convenio o la sentencia.

Muchos conflictos surgen por no definir bien este reparto. Lo dejamos claro desde el principio en el convenio regulador de su divorcio de mutuo acuerdo o en la demanda.

Qué podemos hacer por usted

  • Fijar la pensión en un divorcio, separación o ruptura de pareja no casada.
  • Reclamar pensiones impagadas y ejecutar la sentencia.
  • Revisar la cuantía mediante una modificación de medidas si cambian los ingresos o las necesidades.
  • Pedir la extinción cuando el hijo mayor de edad es económicamente independiente o concurren otras causas.
  • Analizar la pensión en supuestos de custodia compartida.

Preguntas frecuentes

¿Hasta qué edad se paga la pensión de alimentos?

No hay una edad fija. La obligación se mantiene mientras el hijo, aun mayor de edad, no tenga independencia económica por causa que no le sea imputable. Cada caso se valora individualmente.

¿Qué hago si no me pagan la pensión?

Puede solicitar la ejecución de la sentencia para reclamar las cantidades debidas. El impago reiterado puede además tener consecuencias penales. Actúe cuanto antes.

¿Hay una pensión mínima?

Los tribunales suelen fijar un mínimo que cubra las necesidades básicas de los hijos incluso cuando el obligado tiene pocos ingresos. La cuantía concreta depende de cada caso.

¿Hablamos de su caso?

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