Pensión Alimenticia en Custodia Compartida | Lepek Abogados

Cuando los progenitores se separan o divorcian, dos de las cuestiones más importantes que deben quedar bien reguladas son el régimen de guarda y custodia de los hijos y la pensión de alimentos.

Ambas están estrechamente relacionadas y su correcta fijación desde el inicio evita conflictos futuros y protege el bienestar del menor.

Entendiendo la custodia compartida

La custodia compartida es un acuerdo en el que ambos progenitores comparten responsabilidades y derechos equivalentes ante la ley.

Ambos progenitores tienen pleno acceso a las decisiones importantes sobre la educación del hijo, como la educación, la atención sanitaria y la religión.

Cuando a un progenitor se le concede la custodia compartida, tiene los siguientes derechos y responsabilidades:

  • Mantener comunicación directa y participar en debates importantes.
  • Compartir por igual el tiempo de crianza en cuanto a días festivos, cumpleaños, vacaciones y ocasiones especiales.
  • Participar en las actividades extraescolares del niño, en la atención médica, en la salud del comportamiento y en las decisiones educativas.
  • El derecho a acceder a los historiales del niño sin necesidad del consentimiento del otro progenitor.

Etapas de la elaboración de un plan para la manutención del niño

La pensión de alimentos tiene por objeto garantizar que se cubren las necesidades básicas del menor: alimentación, vestido, educación, sanidad y vivienda.

Su cuantía se determina en función de dos variables principales: los ingresos de cada progenitor y el tiempo de convivencia efectiva con el menor.

En régimen de custodia compartida con tiempos de convivencia similares, es habitual que no se fije una pensión periódica entre progenitores, sino que cada uno asuma los gastos ordinarios del menor durante su período de convivencia, y que los gastos extraordinarios se compartan en proporción a los ingresos de cada uno.

No obstante, cuando existe una diferencia significativa de ingresos entre los progenitores, el juez puede establecer una pensión compensatoria para equilibrar la contribución de cada uno al sostenimiento del hijo.

El papel de Lepek Abogados en las pensiones alimenticias y los acuerdos de custodia

Lepek Abogados se compromete a fomentar la atención al interés superior del menor en las pensiones alimenticias y los acuerdos de custodia.

Nuestro equipo se dedica a ayudar a nuestros clientes en todas las etapas del proceso de manutención de los hijos, incluyendo asegurarse de que el Acuerdo de Manutención de los hijos es legal, ejecutable.

Nuestros servicios incluyen:

  • Asesoramiento y representación legal en procedimientos judiciales.
  • Mediación y resolución alternativa de conflictos.
  • Elaboración y revisión de acuerdos de custodia y pensión alimenticia.
  • Orientación durante todo el proceso, garantizando que las decisiones tomadas beneficien al menor y respeten los derechos de ambos progenitores.

Contacta con nosotros

Si necesitas fijar o modificar la custodia de tus hijos o la pensión de alimentos, en Lepek Abogados analizamos tu caso de forma personalizada y te acompañamos en todo el proceso.

Atendemos en Madrid y en toda España. 

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