La pregunta de si con la custodia compartida hay que pagar pensión es una de las más frecuentemente planteadas cuando se trata de divorcios y separaciones.
La respuesta depende de las circunstancias específicas de cada caso, pero en líneas generales la norma establece que la pensión de alimentos se debe pagar a la persona que tiene la custodia de los hijos, independientemente de si los cuidados son compartidos.
Si esto sucede, el progenitor con el que los hijos residen habitualmente — el llamado progenitor no custodio — debe cumplir con la obligación legal de la pensión de alimentos.
Lo que muchos padres que comparten la custodia no saben, sin embargo, es que la cantidad que deben pagar puede variar dependiendo del tiempo compartido con el otro progenitor.
¿Con la custodia compartida hay que pagar pensión?
La respuesta es que, en la mayoría de los casos, los progenitores siguen estando obligados a cumplir con sus deberes alimentarios aún en el caso de custodia compartida.
Los padres deben recordar que la pensión de alimentos se calcula de acuerdo con los ingresos del progenitor no custodio y con el tiempo que el progenitor custodio se encarga de al niño.
En estos casos el progenitor no custodio tendrá que pagar a la persona con custodia si no comparte la carga económica en la misma proporción que comparte los cuidados.
Es decir, el juez tendrá en cuenta no solo la cantidad de tiempo que el progenitor no custodio gasta el niño, sino también el balance de los ingresos de ambos padres y el impacto que una pensión de alimentos tendría en el niño.
¿En qué casos no se paga pensión de alimentos con custodia compartida?
Hay algunos casos en los que el progenitor no custodio no tendrá que pagar la pensión de alimentos.
Estos casos incluyen, por ejemplo, cuando ambos padres tienen ingresos similares y ambos comparten la carga económica en la misma proporción que comparten los cuidados.
También es posible, en algunos casos, establecer arreglos para que la obligación de uno de los padres se transfiera a otra persona (tales como familiares o amigos) cuando el progenitor no custodio no pueda cumplir con sus obligaciones legales.
Por último, es importante tener en cuenta que algunos arreglos consensuados entre ambos progenitores pueden ayudar a no tener que pagar la pensión de alimentos.
Si los padres logran un acuerdo en el que los cuidados se comparten en la misma proporción que los ingresos de cada uno se comparten, entonces ambos progenitores estarán exentos de obligación alimentaria.
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Por tanto, en general, los progenitores con custodia compartida siguen estando obligados a pagar la pensión de alimentos a la persona con custodia, pero el importe que deben pagar puede variar en función del tiempo o los ingresos de cada progenitor.
Es importante, en cualquier caso, consultar a un abogado de familia experto que ayude a cada uno de los progenitores a comprender sus opciones y los ayude a encontrar la mejor solución para su situación particular.
Si necesitas ayuda con una cuestión relacionada con la custodia compartida y la pensión de alimentos, no dudes en ponerte en contacto con Lepek Abogados.